Plazo para acumulación de décimas tercera y cuarta pensión

El jubilado y pensionista que desee acumular sus décimas  tercera y cuarta pensión, puede hacerlo  también  vía internet,  hasta el 31 de mayo. 
 
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social informa a  los pensionistas por vejez, invalidez, viudedad y orfandad y   riesgos de trabajo que  pueden realizar la solicitud de la acumulación de sus décimas tercera y cuarta pensión vía internet o físicamente,  solo hasta el  31 de mayo de 2015.
 
Vía internet: 
 
Quienes deseen hacer la solicitud vía internet  deberán ingresar a la página web del IESS  ww.iess.gob.ec "Solicitud en línea acumulación de décimos", y realizar  los siguientes pasos: 
 
 
  • Clic en "Solicitud en línea acumulación de décimos" 
  • Registre el  número de  la cédula de ciudadanía y  la clave electrónica con la que realiza los diferentes transacciones electrónicas  o consultas en la página del IESS.  
  • A continuación se desplegará la solicitud y sus datos personales, según el formato establecido
  • Escoja una o más de la  prestación que  recibe y desea acumular: 
 
¿ Jubilación
¿ Montepío
¿ Riesgos de Trabajo 
 
  • Al final  tendrá la opción  (GUARDAR)
  • Si da un clic en GUARDAR,  automáticamente sus décimas tercera y cuarta pensión  se registrarán como  acumuladas. 
  • No necesita  entregar el documento en físico. 
 
Solicitud  física:
 
Además de la  opción digital  (vía internet),  también  puede  hacerlo personalmente, por lo que deberá acudir de 08h00 a 17h30, a retirar, llenar y dejar el formulario en físico, en las oficinas del IESS ubicadas en las  Subdirecciones  Provinciales de Pensiones del IESS,  a escala nacional, hasta el 31 de mayo de 2015.
 
Es preciso aclarar que este trámite es únicamente para los jubilados por:  vejez, invalidez, viudedad,  orfandad y   riesgos de trabajo, amparados por la Ley de Seguridad Social. 
 
Las personas que no son jubilados o pensionistas, es decir son afiliados activos,  con relación de dependencia y  que deseen acumular sus décimos sueldos, deben hacer este trámite en las oficinas de recursos humanos o con su empleador,  en el lugar en donde laboran;  no en las oficinas del IESS. 
 
Se recuerda, que de conformidad  a la Resolución N° 489,   emitida por el Consejo Directivo del IESS,  el plazo  para realizar la solicitud de acumulación de sus décimas tercera y cuarta pensión, vence  el  31 de mayo de 2015.