Plazo para acumulación de décimas tercera y cuarta pensión
El jubilado y pensionista que desee acumular sus décimas tercera y cuarta pensión, puede hacerlo también vía internet, hasta el 31 de mayo.
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social informa a los pensionistas por vejez, invalidez, viudedad y orfandad y riesgos de trabajo que pueden realizar la solicitud de la acumulación de sus décimas tercera y cuarta pensión vía internet o físicamente, solo hasta el 31 de mayo de 2015.
Vía internet:
Quienes deseen hacer la solicitud vía internet deberán ingresar a la página web del IESS ww.iess.gob.ec "Solicitud en línea acumulación de décimos", y realizar los siguientes pasos:
- Clic en "Solicitud en línea acumulación de décimos"
- Registre el número de la cédula de ciudadanía y la clave electrónica con la que realiza los diferentes transacciones electrónicas o consultas en la página del IESS.
- A continuación se desplegará la solicitud y sus datos personales, según el formato establecido
- Escoja una o más de la prestación que recibe y desea acumular:
¿ Jubilación
¿ Montepío
¿ Riesgos de Trabajo
- Al final tendrá la opción (GUARDAR)
- Si da un clic en GUARDAR, automáticamente sus décimas tercera y cuarta pensión se registrarán como acumuladas.
- No necesita entregar el documento en físico.
Solicitud física:
Además de la opción digital (vía internet), también puede hacerlo personalmente, por lo que deberá acudir de 08h00 a 17h30, a retirar, llenar y dejar el formulario en físico, en las oficinas del IESS ubicadas en las Subdirecciones Provinciales de Pensiones del IESS, a escala nacional, hasta el 31 de mayo de 2015.
Es preciso aclarar que este trámite es únicamente para los jubilados por: vejez, invalidez, viudedad, orfandad y riesgos de trabajo, amparados por la Ley de Seguridad Social.
Las personas que no son jubilados o pensionistas, es decir son afiliados activos, con relación de dependencia y que deseen acumular sus décimos sueldos, deben hacer este trámite en las oficinas de recursos humanos o con su empleador, en el lugar en donde laboran; no en las oficinas del IESS.
Se recuerda, que de conformidad a la Resolución N° 489, emitida por el Consejo Directivo del IESS, el plazo para realizar la solicitud de acumulación de sus décimas tercera y cuarta pensión, vence el 31 de mayo de 2015.