Aviso a empleadores del sector público

A partir del mes de septiembre de 2014, los empleadores del sector público, bajo su responsabilidad y sin necesidad de reconvención, acorde a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley de Seguridad Social y en concordancia con lo señalado en los artículos 108 y 110 de la Ley Orgánica de Servicio Público, deberán inscribir a sus trabajadores y servidores desde el PIRMER DIA DE TRABAJO, independientemente del régimen jurídico al que pertenezcan.

Con el propósito de garantizar los derechos y obligaciones de las partes, el IESS realizó los ajustes informáticos necesarios para facilitar a los empleadores el registro de avisos de entrada y salida de sus empleados;  y el pago de aportes en los términos señalados, a través de www.iess.gob.ec.

Esta acción ha sido coordinada con el Ministerio de Finanzas.