Excesos judiciales podrían causar un perjuicio de 122 millones de dólares al IESS

Quito, 15 de mayo de 2018

Este martes, 15 de mayo de 2018, el director General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, Abg. Carlos Vallejo Burneo, presentó una Acción de Incumplimiento de Sentencia ante el Tribunal Contencioso Administrativo, para conocimiento de la Corte Constitucional, por el caso de los médicos posgradistas del Hospital Teodoro Maldonado Carbo, que hicieron prácticas académicas desde el año 1994.

La acción presentada por la Institución tiene como finalidad que la Corte Constitucional deje sin efecto la actuación del Tribunal Contencioso Administrativo y evitar con ello uno de los perjuicios económicos más grandes que habría tenido la Institución en sus últimos años.

El perjuicio al IESS podría ascender a 122 millones de dólares por el abuso y exceso en la sentencia emitida en el juicio No. 2014-7310, que reconoció de manera ilegal una relación laboral inexistente entre médicos posgradistas y el IESS, desconociendo una cláusula del convenio que menciona: "por tratarse de una actividad académica previa a la obtención del título de cuarto nivel, los médicos que participan del programa de posgrado no contraen vínculo laboral alguno ni con la universidad ni con el IESS", condiciones que eran de conocimiento y aceptación de los becarios posgradistas".

La segunda parte del exceso lo configura el Tribunal Contencioso Administrativo No. 2 del Guayas, a través del proceso de reparación económica No. 09802-2016-811, que dentro de la ejecución del pago dispuesto, se extralimita en sus atribuciones, adicionando rubros no contemplados en la sentencia inicial, llegando en algunos casos a incrementar hasta un 5.000 % el monto fallado en primera instancia (ej.: USD 6.979,14 lo incrementa a USD 357.596,12. Por disposición de este Tribunal el estudio jurídico patrocinador cobraría honorarios del 15 % de cada liquidación, lo que significa aproximadamente USD 2'800.000 que se pretende también salgan de los recursos de los afiliados).

Para el IESS, es trascendental que el Tribunal Contencioso Administrativo remita a la Corte Constitucional, en el término de 5 días como manda la ley, el expediente para que se pronuncie sobre la nulidad de lo actuado en las instancias anteriores, teniendo en cuenta que la propia Corte Constitucional ya se ha pronunciado negando expresamente que exista vínculo laboral (sentencia No. 112-17-SEP-CC. Caso No. 0182-14-EP).