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IESS vigila cumplimiento de obligaciones de los empleadores
Quito, 6 de junio de 2025
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ofrece una amplia gama de beneficios y cobertura a sus afiliados a través de servicios de salud (atención médica), pensiones (jubilación), préstamos y cesantía. Es importante destacar que los requisitos y condiciones para acceder a cada beneficio pueden variar.
El empleador está obligado, bajo su responsabilidad y sin necesidad de reconvención, a registrar al trabajador o servidor como afiliado del Seguro General Obligatorio desde el primer día de labor, y a remitir al IESS el aviso de entrada dentro de los primeros quince (15) días.
El empleador dará aviso al IESS de la modificación del sueldo o salario, la enfermedad, la separación del trabajador, u otra novedad relevante para la historia laboral del asegurado, dentro del término de tres (3) días posteriores a la ocurrencia del hecho.
En caso de incumplimiento serán sujetos de mora sin perjuicio de la responsabilidad patronal a que hubiere lugar, con sujeción a esta Ley.
El IESS ejecuta de forma continua y permanente el plan de inspecciones anual que permite verificar este cumplimiento por parte de los empleadores y es obligación de estos bridar la colaboración a los servidores designados para la ejecución del procedimiento y entrega de documentación con base a lo establecido en la normativa vigente.
EL DATO:
La Dirección Nacional de Afiliación y Cobertura y la Dirección Nacional de Recaudación y Control de Gestión de Cartera actuarán de conformidad con las atribuciones y responsabilidades determinadas por el Consejo Directivo en el Reglamento Orgánico Funcional del IESS en caso de incumplimiento por parte de los empleadores.
Al mes de mayo de 2025 se han inspeccionado 19 925 empresas, permitiendo así una recuperación de más de 14 millones de dólares por aportes.