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Más de USD 100 millones recaudados en Acuerdo de Pago Parcial

Quito, 21 de octubre de 2024
 
Bajo el lema "Empleador ¡Ponte al día!, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)  en abril de 2024, implementó la nueva facilidad de pago: Acuerdo de Pago Parcial (APP), que  logró USD 102 millones 198 mil, con 15 972 APP suscritos y 15 227 empleadores beneficiados a escala nacional (corte 21 de octubre de 2024).

El Acuerdo de Pago Parcial del IESS ofrece de 2 hasta 72 meses plazo dependiendo el monto de la deuda para que los empleadores, que registren obligaciones patronales en mora con la institución, se pongan al día.

La Suscripción del Acuerdo de Pago Parcial se podrá realizar de dos maneras: presencial en oficinas del IESS a escala nacional y en línea a través de la página web institucional www.iess.gob.ec.

Las obligaciones que ingresan a un Acuerdo de Pago Parcial son glosas y títulos de crédito, hasta antes del sorteo a un abogado externo, por concepto de aportes, fondos de reserva y/o responsabilidad patronal.

Esta nueva facilidad de pago permite a los empleadores y/o contratantes del seguro diferir el pago de los intereses de mora en el mismo número de pagos del Acuerdo de Pago Parcial.
Los empleadores deben tomar en cuenta que pueden acceder a esta nueva facilidad de pago cancelando una cuota inicial mínima de acuerdo a las obligaciones patronales en mora.

Para que los empleadores y/o contratantes del seguro puedan acceder a la suscripción de un Acuerdo de Pago Parcial, deben tomar en cuenta que deben estar pagadas las obligaciones correspondientes a préstamos hipotecarios y quirografarios.

Como parte de los beneficios, el empleador que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones patronales podrá obtener, en cualquier momento, su Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Patronales, el cual le permitirá cumplir con uno de los requisitos solicitados para ejercer cargo público o ser contratista del Estado.
Dato de interés:

  • Las obligaciones patronales con el IESS se deben pagar hasta el 15 de cada mes para evitar caer en mora.
  • Los empleadores que no estén al día con sus obligaciones patronales tendrán sanciones conforme lo establece el Reglamento General de Responsabilidad Patronal.
  • Los empleadores que tuvieran obligaciones en estado de impugnadas y que quieran acogerse al Acuerdo de Pago Parcial deberán desistir por escrito de dichas impugnaciones.
  • A través de la Resolución No. C.D. 671 emitida por el Consejo Directivo del IESS, el 23 de abril de 2024 se incorporó esta nueva facilidad de pago.
  • En la Resolución No. C.D. 671 se establece que los valores recaudados en un Acuerdo de Pago Parcial serán abonados a los títulos de crédito y glosas según la antigüedad de las mismas, conforme el empleador y/o contratante del seguro realice el pago de los dividendos, el saldo de la obligación pendiente se irá reduciendo cada mes.