IESS protege a los afiliados dependientes cesantes con el Seguro de Desempleo

Quito, 10 de noviembre de 2021

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), a través del Seguro de Desempleo, protege al afiliado con relación de dependencia con una prestación económica cuando se encuentre cesante, por causas ajenas a su voluntad.

Este rubro se financia con el aporte del empleador del 1% de la remuneración del trabajador, obrero o servidor privado y público en relación de dependencia; este aporte se constituye en un fondo de carácter solidario.

El afiliado para acceder a esta prestación debe cumplir con los siguientes requisitos: tener 24 aportaciones al IESS, de las cuales, las 6 últimas deben ser consecutivas, estar 60 días cesante y contar con el aviso de salida registrado por el empleador.

El afiliado cesante puede solicitar el Seguro de Desempleo, por medio de la página web www.iess.gob.ec, a partir del día 61 de estar cesante y hasta 45 días posteriores a este incidente. No pueden acceder a esta prestación las personas que renunciaron a su trabajo, se acogieron al desahucio, licencias o se jubilaron.

La prestación económica, se entrega por cinco meses; y puede quedar suspendida en caso que el afiliado vuelva a trabajar bajo relación de dependencia o inicie actividades productivas, también se suspende el pago, en caso de comprobarse hechos fraudulentos y por muerte del afiliado.

Dato

- De enero a octubre de 2021, se entregó el Seguro de Desempleo a 21.519 afiliados,  por un monto de USD. 3.249.013,12.