1.388 familias recibieron auxilio del IESS para gastos funerales, entre enero y abril

El Sistema de Pensiones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad (IESS) entregó 1'726.371,57 dólares para cubrir los gastos de los funerales de 1.388 afiliados y pensionistas fallecidos, entre enero y abril de 2014. Estos números corresponden al bono que la entidad entrega a través de las funerarias.

En total, el IESS ha sufragado los gastos funerarios de 4.217 afiliados fallecidos, que equivalen a 5'082.355,94 dólares.

El auxilio funeral es una prestación económica que entrega el Sistema de Pensiones a las viudas y huérfanos o a la persona que canceló los gastos funerales del afiliado o pensionista fallecido del Seguro General Obligatorio.

El valor de esta prestación se calcula sobre una base mínima que se incrementa cada año, de acuerdo con la inflación del año previo. En el 2014 el monto máximo es de 1.249,44 dólares. Este auxilio cubre los costos del cofre mortuorio, servicios de velación, carroza, servicio religioso, gastos por el servicio de inhumación o cremación y el rubro por el arrendamiento o compra del nicho, columbario o cenizario.

Cómo acceder a este servicio

A través de las 51 prestadoras externas de servicios funerarios que mantienen convenio con el IESS. En esta modalidad, los deudos reciben directamente el servicio sin previo pago y son las funerarias las que solicitan al instituto el reembolso.

La otra opción es que los familiares del afiliado o pensionista fallecido que escogieron directamente los servicios funerales que no tienen convenio con el IESS, soliciten al IESS la devolución de los valores que pagaron por funeral, previa la presentación de las facturas originales debidamente canceladas.

Para el reembolso económico, deben registrar la solicitud en el portal del IESS www.iess.gob.ec en la sección Pensionista. Se escoge la opción "Auxilio para funerales". Allí se ingresa al sistema con el número de cédula y la clave personal, y se llena el formulario con la información solicitada. Finalmente, en un Centro de Atención Universal de la respectiva provincia se entregan los siguientes documentos: 2 copias de la certificación simple gratuita para inhumación o sepultura o la partida de defunción, las facturas originales (debidamente canceladas) a nombre de la persona que asumió los gastos del funeral, así como la copia legible de su cédula de ciudadanía, papeleta de votación y el número de la cuenta bancaria donde se acreditará el dinero.

El plazo máximo para reclamar esta prestación es de un año, desde la fecha de fallecimiento del asegurado.

Tienen derecho a esta prestación el pensionista de jubilación (por y vejez e invalidez); el pensionista de Montepío; y el afiliado con seis (6) aportaciones mensuales por lo menos, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a su fallecimiento.