La jubilación ordinaria del IESS es un servicio inmediato
En aproximadamente cinco minutos, el afiliado al IESS que cumple los requisitos de edad y tiempo de aportes, puede solicitar su jubilación ordinaria de vejez a través del portal www.iess.gob.ec en la sección de Pensionista, opción "Jubilación por vejez", utilizando su número de cédula y clave personal.
Para que la solicitud de jubilación sea aceptada, es importante que el afiliado tome en cuenta que existen cuatro tipos de casos y requisitos: un mínimo de 60 años de edad y 30 años de aportes al IESS; un mínimo de 65 años de edad y 15 años de aportes; un mínimo de 70 años de edad y 10 años de aportes; y, finalmente, cualquier edad y 40 años de aportes.
Los requisitos
Además debe tener registrada la fecha de cese del afiliado en el sistema informático de Historia Laboral del portal web del IESS, acción realizada por el empleador. No debe tener préstamos en mora con el IESS, debe tener registrada en el IESS una cuenta bancaria personal; no tener solicitud de jubilación de vejez en trámite y no estar calificado como jubilado en el IESS.
Los jubilados tienen derecho a las siguientes prestaciones y servicios:
Préstamo quirografario
El jubilado y jubilada puede solicitar el préstamo quirografario desde la web del IESS, www.iess.gob.ec, con el número de cédula y clave personal.
Préstamo hipotecario
En el portal www.iess.gob.ec también se puede consultar el monto que el IESS le concederá por préstamo hipotecario, dependiendo de la capacidad de pago, según la renta mensual que recibe.
Cobertura en salud
Asistencia médica general e integral: preventiva, curativa, quirúrgica, farmacéutica y de rehabilitación. Visitas a domicilio y servicio de ambulancia.
Cobertura de salud para la esposa o conviviente
Siempre que solicite el descuento del 4,15% de la pensión que recibe del IESS.
Atención médica para hijos
Con el descuento del 3,41% de la renta mensual, el hijo del jubilado, hasta los 18 años de edad, tiene derecho a recibir las prestaciones de salud.
Mejor Aumento
El jubilado/a que cumple 70 años de edad y se jubiló con 35 años de aportes tiene derecho a un mejor aumento a su pensión.