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Con Decreto Ejecutivo No. 4, suscrito por el Presidente de la República, emite las “Normas de Comportamiento Ético Gubernamental”, mismas que deben ser cumplidas por los servidores públicos, a fin de garantizar una administración pública transparente y eficiente al servicio de todos los ciudadanos, realizando un recordatorio de cumplimiento obligatorio al siguiente artículo:

“Artículo 4.- Nepotismo. - "Los familiares del Presidente de la República, del Vicepresidente de la República. Ministros y Viceministros de Estado, Secretarios y Subsecretarios de Estado, gerentes y directores de las empresas públicas, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, o aquellos con quienes exista una relación por uniones de hecho, no podrán ser contratados o designados para cargo público alguno en las entidades en las que su familiar hubiese sido designado o tuviere participación directa, incluyendo órganos colegiados y entidades adscritas a tal entidad.

Aún cuando la ley no prohíba la designación de familiares en otras entidades, las autoridades nominadoras pertenecientes a la Función Ejecutiva se abstendrán de nominar. contratar o designar a familiares de los funcionarios mencionados en el primer párrafo de este artículo.

Esta disposición no incluye aquellos funcionarios que hubieren obtenido nombramiento, designación o contrato en forma previa a la designación de los funcionarios de nivel jerárquico superior antes descritos, en cuyo caso deberá informarse esta situación a la Secretaría General de la Administración Pública y Gabinete de la Presidencia de la República.

Está explícitamente prohibida la participación, acompañamiento o viaje de familiares en Memorando Nro. IESS-SDNGTH-2021-17544-M Quito, D.M., 26 de agosto de 2021 los grados de consanguinidad y afinidad arriba descritos en misiones diplomáticas o de naturaleza similar para atender asuntos públicos con financiamiento público, salvo aquellos casos en que tal acompañamiento sea necesario por exigencias de protocolo y requerimientos de otros países o instancias internacionales, y en todo caso, sin erogación alguna de recursos públicos."

 
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