Y tienen derecho a:
Prestaciones de salud:
- Programas de fomento y promoción de la salud;
- Acciones de medicina preventiva
- Atención odontológica preventiva y de recuperación
- Asistencia médica curativa integral y maternidad
- Tratamiento de enfermedades crónico degenerativas,
- Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública.
Prestaciones económicas:
- Subsidio de enfermedad y maternidad.
El Seguro General de Salud Individual y Familiar entrega prestaciones de salud en sus propias establecimientos de salud, ubicadas en todas las provincias del país y a través de prestadores externos de la Red Púbica Integral de Salud y Red Privada Complementaria que mantienen convenios con el IESS, a los siguientes asegurados y beneficiarios:
- Afiliados activos del Régimen Obligatorio y Voluntario;
- Pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y viudedad.
- Pensionistas de incapacidad permanente, parcial, total y absoluta de Riesgos del Trabajo.
- Hijos de afiliados y pensionistas de montepío por orfandad y previa solicitud los hijos de pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y de los pensionistas de incapacidad parcial y permanente del Seguro de Riesgos de Trabajo, hasta los 18 años de edad;
- Cónyuge o conviviente con derecho previa solicitud realizada por el afiliado o pensionista para la extensión de cobertura de salud*.
- Padre o madre que solicita licencia de maternidad o paternidad sin remuneración y sus hijos menores de 18 años se beneficiarán de las prestaciones de salud brindadas por la DSGSIF, mismas que serán financiadas por el MSP.
- Afiliados al Seguro Social Campesino y sus dependientes acreditados;
- La jefa de hogar con cargo a la contribución obligatoria del Estado.
Para la extensión de cobertura de las prestaciones de salud para los cónyuges o convivientes con derecho de afiliados (as), deberán realizar la aportación del 3,41% de la materia gravada, registrada mensualmente en el sistema historia laboral del IESS. Los pensionistas de invalidez y vejez del seguro general, y pensionistas de incapacidad permanente o absoluta del seguro de riesgos de trabajo, cotizarán para cónyuges o convivientes con derecho, el 4,15% de la pensión o renta; y para hijos menores de 18 años de edad, el 3,41% de la pensión o renta.
El dependiente del asegurado recibirá acciones integrales de fomento y promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, recuperación y rehabilitación de la salud individual, además de la atención prenatal, parto y posparto para la cónyuge.
- No constar registrado (a) como afiliado al IESS.
- Certificación de No ser afiliado o beneficiario del ISSFA e ISSPOL.
- Para cónyuges menores a 40 años presentar la declaración juramentada respecto de padecer o no de enfermedad catastrófica, crónica/degenerativa o invalidante. De adolecerla indicar el nombre de la enfermedad y el código CIE- 10 emitido por el médico tratante.
- Para convivientes con derecho, presentar la declaración juramentada que indique este estado civil.
- El dependiente hijo menor de 18 años del pensionista, debe presentar original y copia de cédula de identidad, más los puntos 1 y 2 que anexará a la documentación física y copia de la cédula de padre o madre pensionista.
Una vez realizada la solicitud en la página web del IESS, se requerirá presentar los documentos en la unidad médica IESS más cercana a su domicilio. Entregados los documentos y aceptada la solicitud de extensión de la cobertura de las prestaciones de salud, el dependiente del afiliado/pensionista, calificará el derecho a la cobertura de salud cuando haya abonado 3 meses de aportaciones mensuales consecutivas.
La solicitud de atención del afiliado del Seguro General la efectúa, una vez que el empleador haya registrado a sus dependientes.
Para solicitar la extensión de la cobertura de las prestaciones de salud de los cónyuges/ convivientes del afiliado/a voluntario, éste deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.
Para solicitar la extensión de la cobertura de las prestaciones de salud para cónyuges/ convivientes e hijos menores de 18 años de los pensionistas, se deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.
Si el cónyuge o conviviente e hijos menores de 18 años padecen de una enfermedad catastrófica, crónica/ degenerativa o invalidante, no se negará la solicitud de extensión de atención médica, la información que se solicita en la declaración juramentada o certificación médica, sirve únicamente de insumo para la planificación administrativa-operativa y de financiamiento.
- Riesgos del trabajo.
- Vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad, y cesantía.
- No tiene derecho a subsidios monetarios de enfermedad y maternidad.
- No cotiza para fondos de reserva.
Noticias
Empleadores ahora pueden realizar pagos con tarjeta de crédito.
Quito, abril 13 de 2017
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) pone a disposición el nuevo servicio de pago a través del "Botón de Pagos" en la página web: www.iess.gob.ec con tarjetas de crédito para que los empleadores puedan cancelar con mayor facilidad sus OBLIGACIONES PATRONALES.
Ahora es más sencillo pagar estas obligaciones como aportaciones, glosas o títulos de crédito con tan solo 3 pasos: 1. Ingreso al sistema de empleador con la cédula y clave; 2. Con un clic en la pestaña comprobantes, ubicado al lado izquierdo y 3. Visualizando todos los comprobantes en la opción "Pago con tarjeta de Crédito" y eliges las obligaciones patronales que requieras pagar.
Para proteger la seguridad de los afiliados, el empleador puede diferir el pago de las obligaciones pendientes desde 3 hasta 12 meses con tarjetas de crédito asociadas con sus respectivos intereses.
Los empleadores en general, Domésticos, Unipersonal (Pequeña Industria), Microempresarios (RISE), afiliados como Trabajo no Remunerado del Hogar y Voluntarios representan una gran cantidad de aportaciones a nivel nacional y requieren mayores facilidades de pago.
Desde el 6 de febrero del 2017, el IESS ha recaudado alrededor de 1 millón 200 mil dólares a escala nacional, a través el botón de pagos.
Estar protegido es más sencillo
Estar protegido es más sencillo con el pago del aporte voluntario mensual al IESS desde cualquier parte del país en los más de 8.547 puntos de pago.
Únicamente con el número de cédula se puede realizar el pago de las aportaciones y obligaciones patronales en puntos de pago ubicados en Bancos del Barrio y supermercados TIA.
8.078 afiliados voluntarios domiciliados en el exterior se beneficiarán con la cancelación de valores a través de la banca electrónica.
El IESS brinda mayores facilidades a los empleadores y a los afiliados voluntarios para que se pongan al día con sus haberes pendientes.
Tarjetas de Crédito
- Diners
- Discover
- Visa y MasterCard Banco Pichincha
- Visa Banco Rumiñahui
- Visa Banco de Loja.
Las buenas noticias del IEES