Cobertura
Las beneficiarias del seguro de maternidad recibirán atención de embarazo, parto y puerperio.
Y tienen derecho a:

Prestaciones de salud:

  • Programas de fomento y promoción de la salud;
  • Acciones de medicina preventiva
  • Atención odontológica preventiva y de recuperación
  • Asistencia médica curativa integral y maternidad
  • Tratamiento de enfermedades crónico degenerativas,
  • Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública.
     

Prestaciones económicas:

  • Subsidio de enfermedad y maternidad.
Cobertura

El Seguro General de Salud Individual y Familiar entrega prestaciones de salud en sus propias establecimientos de salud, ubicadas en todas las provincias del país y a través de prestadores externos de la Red Púbica Integral de Salud y Red Privada Complementaria que mantienen convenios con el IESS, a los siguientes asegurados y beneficiarios:

  • Afiliados activos del Régimen Obligatorio y Voluntario;
  • Pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y viudedad.
  • Pensionistas de incapacidad permanente, parcial, total y absoluta de Riesgos del Trabajo.
  • Hijos de afiliados y pensionistas de montepío por orfandad y previa solicitud los hijos de pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y de los pensionistas de incapacidad parcial y permanente del Seguro de Riesgos de Trabajo, hasta los 18 años de edad;
  • Cónyuge o conviviente con derecho previa solicitud realizada por el afiliado o pensionista para la extensión de cobertura de salud*.
  • Padre o madre que solicita licencia de maternidad o paternidad sin remuneración y sus hijos menores de 18 años se beneficiarán de las prestaciones de salud brindadas por la DSGSIF, mismas que serán financiadas por el MSP.
  • Afiliados al Seguro Social Campesino y sus dependientes acreditados;
  • La jefa de hogar con cargo a la contribución obligatoria del Estado.
     
*Extensión de cobertura

Para la extensión de  cobertura de las prestaciones de salud para los cónyuges o convivientes con derecho de afiliados (as), deberán realizar la aportación del 3,41% de la materia gravada, registrada mensualmente en el sistema historia laboral del IESS. Los pensionistas de invalidez y vejez del seguro general, y pensionistas de incapacidad permanente o absoluta del seguro de riesgos de trabajo, cotizarán para cónyuges o convivientes con derecho, el 4,15% de la pensión o renta;  y para hijos menores de 18 años de edad, el 3,41% de la pensión o renta.

Beneficios de la extención de la cobertura de las Prestaciones de Salud

El dependiente del asegurado recibirá acciones integrales de fomento y promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, recuperación y rehabilitación de la salud individual, además de  la atención prenatal, parto y posparto para la cónyuge.

Requisitos:
  • No constar registrado (a) como afiliado al IESS.
  • Certificación de No ser afiliado o beneficiario  del ISSFA e ISSPOL.
  • Para cónyuges menores a 40 años presentar la declaración juramentada respecto de padecer o no de enfermedad catastrófica, crónica/degenerativa o invalidante. De adolecerla  indicar el nombre de la enfermedad y el código CIE- 10 emitido por el médico tratante.
  • Para convivientes con derecho, presentar la declaración juramentada que indique este estado civil.
  • El dependiente hijo menor de 18 años del pensionista, debe presentar original y copia de cédula de identidad, más los puntos 1 y 2  que anexará a la documentación física y copia de la cédula de padre o madre pensionista.
     
Solicitud y documentos

Una vez realizada la solicitud en la página web del IESS, se requerirá presentar los documentos en la unidad médica IESS más cercana a su domicilio. Entregados los documentos y aceptada la solicitud de extensión de la cobertura de  las prestaciones de salud, el dependiente del afiliado/pensionista,  calificará el derecho a la cobertura de salud  cuando haya abonado 3 meses de aportaciones mensuales consecutivas.

Afiliado del Seguro General

La solicitud de atención del afiliado del Seguro General  la efectúa, una vez que el empleador haya registrado a sus dependientes.

Afiliado voluntario

Para solicitar la extensión de la cobertura de  las prestaciones de salud de los cónyuges/ convivientes del afiliado/a voluntario, éste deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.

Pensionistas

Para solicitar la extensión de  la cobertura de  las prestaciones de salud para cónyuges/ convivientes e hijos menores de 18 años de los pensionistas, se deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.

 

Enfermedades catastróficas

Si el cónyuge o conviviente e hijos menores de 18 años  padecen de una enfermedad catastrófica, crónica/ degenerativa o invalidante, no se  negará la solicitud de extensión de atención médica, la información que se solicita en la declaración juramentada o certificación médica,  sirve únicamente de insumo para la  planificación administrativa-operativa y de financiamiento.

 

Para los dependientes cónyuges/convivientes e hijos menores de 18 años la extensión de  la cobertura de  las prestaciones de salud NO CUBRE contingencias de:
  • Riesgos del trabajo.
  • Vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad, y cesantía.
  • No tiene derecho a  subsidios monetarios de enfermedad y maternidad.
  • No cotiza para fondos de reserva.
     

 

Noticias Noticias

IESS fomenta el bienestar en salud a adultos mayores de Santa Cruz

San Cristóbal, diciembre 1 de 2017.

Con el propósito de fortalecer la calidad de vida de las personas de la tercera edad, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a través del Centro de Salud tipo A en Santa Cruz brinda programas en salud integral a los afiliados, jubilados y beneficiarios inscritos en el "Club de Salud de Adultos  Mayores".

El área de fisioterapia desarrolla varias actividades para mejorar las condiciones propias del envejecimiento con técnicas adecuadas de alimentación, ejercicios de motricidad, terapias físicas y actividades que mejoran los vínculos afectivos.

 "Esta es la primera vez que aquí en Galápagos el IESS se ha preocupado por tomarnos en cuenta en este tipo de programas, yo estoy muy contenta porque recibimos de los médicos una atención excelente", indicó Esperanza A, participante del Club

El Director de esta Unidad Médica del IESS,  Wilmer Espinoza, manifestó que las actividades que se ofrecen obedecen a una planificación que busca reinsertar a los adultos mayores a una vida más activa y dinámica.

Actualmente son 61 adultos mayores residentes en el cantón Santa Cruz  inscritos en el Club de Salud que se benefician de este programa.  Próximamente  la Unidad Médica en Puerto Baquerizo Moreno, capital de la provincia de Galápagos contará con este  servicio.

El IESS está  trabajando  para  brindar mejor atención, garantizando la salud a sus asegurados y ciudadanía en general

En el IESS estamos construyendo historia