C.D. 456

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Establece que el Director General efectuará el nombramiento y remoción de todo el personal del IESS, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia, con excepción de los señalados en el articulo 27, letra g de la Ley de Seguridad Social, que son de competencia del Órgano Máximo de Gobierno del IESS.
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