IESS amplía el plazo para acogerse a facilidades de pago de obligaciones durante la emergencia
Quito, 1 de septiembre de 2020
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), amplió el plazo, hasta el 9 de septiembre de 2020, para que los empleadores y/o afiliados presenten la documentación necesaria y puedan beneficiarse de las facilidades de pago de sus obligaciones pendientes de marzo, abril, mayo y junio de 2020, sin la generación de multas, recargos ni intereses.
En aplicación de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, el IESS aprobó la reglamentación que permite que los empleadores y/o afiliados sin relación de dependencia cerraron durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, se acojan a esta medida para garantizar el acceso a las prestaciones y servicios de la seguridad social.
Las obligaciones que se pagarán sin recargos son: aportes, fondos de reserva y extensión de cobertura de salud. Pueden diferir a 12 meses o pagar la totalidad de la deuda.
Si decide diferir el pago de los valores pendientes, serán 12 cuotas iguales; y el primero dividendo cancelará a partir de septiembre de 2020 y el último, en agosto de 2021.
Para quienes opten por pagar la totalidad de las obligaciones generadas entre marzo y junio de este año, lo podrán hacer entre el 5 y 15 de septiembre de 2020.
Para acogerse a esta medida, deben enviar la documentación, de manera virtual, a través de los correos electrónicos de Recaudación y Cartera de cada provincia. También pueden entregar en las oficinas de las coordinaciones provinciales.
En el caso de las empresas y cooperativas de bienes y servicios, tienen que presentar lo siguiente: solicitud dirigida al IESS
(https://www.iess.gob.ec//wp-content/uploads/Solicitud_dirigida_LH.pdf); y la declaración juramentada, su formato se adjunta en el siguiente link: https://www.iess.gob.ec//wp-content/uploads/Declaracion_Juramentada_LH.pdf
Para las micro, pequeñas empresas y afiliados sin relación de dependencia, los requisitos son: la misma solicitud anterior; además, el nombramiento del representante legal (si aplica). En caso de enviar la documentación por el medio digital, es necesario adjuntar una fotografía del rostro del solicitante, portando su cédula de ciudadanía del lado de la fotografía; y de manera física, presentar la cédula original.
Para quienes registren acuerdos de pagos parciales y/o convenios de purga de mora, cuyas cuotas hayan vencido en marzo, abril, mayo y junio de 2020 y deseen acogerse a las facilidades de pago, deben cancelar, primero, los dividendos de julio, agosto y septiembre del presente año.
El cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, garantiza el acceso a las prestaciones y servicios.
Correos electrónicos de las Coordinaciones Provinciales de Recaudación y Cartera:
CORREO ASIGNADO | PROVINCIA |
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carterayrec.azuay@iess.gob.ec | AZUAY |
carterayrec.bolivar@iess.gob.ec | BOLÍVAR |
carterayrec.canar@iess.gob.ec | CAÑAR |
carterayrec.carchi@iess.gob.ec | CARCHI |
carterayrec.chimborazo@iess.gob.ec | CHIMBORAZO |
carterayrec.cotopaxi@iess.gob.ec | COTOPAXI |
carterayrec.eloro@iess.gob.ec | EL ORO |
carterayrec.esmeraldas@iess.gob.ec | ESMERALDAS |
carterayrec.galapagos@iess.gob.ec | GALÁPAGOS |
carterayrec.guayas@iess.gob.ec | GUAYAS |
carterayrec.imbabura@iess.gob.ec | IMBABURA |
carterayrec.loja@iess.gob.ec | LOJA |
carterayrec.losrios@iess.gob.ec | LOS RÍOS |
carterayrec.manabi@iess.gob.ec | MANABÍ |
carterayrec.morona@iess.gob.ec | MORONA SANTIAGO |
carterayrec.napo@iess.gob.ec | NAPO |
carterayrec.orellana@iess.gob.ec | ORELLANA |
carterayrec.pastaza@iess.gob.ec | PASTAZA |
carterayrec.pichincha@iess.gob.ec | PICHINCHA |
carterayrec.santaelena@iess.gob.ec | SANTA ELENA |
carterayrec.santodomingo@iess.gob.ec | SANTO DOMINGO |
carterayrec.sucumbios@iess.gob.ec | SUCUMBÍOS |
carterayrec.tungurahua@iess.gob.ec | TUNGURAHUA |
carterayrec.zamora@iess.gob.ec | ZAMORA CHINCHIPE |