Gestión de Cartera

¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE PAGO DE LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON EL IESS?

Las formas de pago de obligaciones pendientes son las siguientes:

  • Bancos, Cooperativas (Ventanillas, Página Web).
  • Tarjetas de Crédito y Débito.
  • Western Union, Almacenes Tía, Pago Ágil, Servipagos, Banco del Barrio.
 
¿CON QUÉ TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO PUEDO CANCELAR LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON IESS?

Las tarjetas habilitadas para cancelar las obligaciones pendientes son las siguientes:

  • Botón de Pagos Diners: Con tarjetas Diners, Discover, Visa y MasterCard, grupo OPTAR (Diferido).
  • Botón de Pagos Visa MasterCard: Tarjetas crédito y débito Visa MasterCard cualquier banco emisor nacional e internacional. Bancos nacionales en corriente y diferido, internacionales corriente.
 
¿CUÁL ES EL PROCESO PARA QUE SE REALICE EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE MI AFILIACIÓN VOLUNTARIA?

El proceso para realizar el débito automático de la afiliación voluntaria es el siguiente:

  • Suscribir el convenio de débito en la página web del IESS (www.iess.gob.ec) ingresar con usuario y contraseña.
  • Seleccionar el día de débito (6,10 o 14 de cada mes).
  • Se recomienda contar con los recursos un día antes del débito.
 
SOY EMPLEADOR ¿CUÁL ES EL PROCESO PARA QUE SE REALICE EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON EL IESS?

El proceso para el débito automático para empleadores es el siguiente:

  1. Ingresar a la página web del IESS (www.iess.gob.ec) => Servicios en línea => Empleadores => Débito bancario.
  2. Registrar número de cédula y clave.
  3. En la opción empresas, seleccionar autorización de débito bancario.
  4. Registrar datos solicitados.
  5. Imprimir solicitud por única ocasión.
  6. Acercarse a los centros - ventanillas de atención universal.
  7. Presentar los requisitos.
  8. Visualizar mensaje del sistema.

NOTA: Para la desactivación de débito bancario, seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a la página del IESS www.iess.gob.ec => Servicios en línea => Empleadores => Débito bancario.
  2. Registrar número de cédula y clave de empleador
  3. En la opción Empresas seleccionar: activación/desactivación de débito bancario.
 
¿SE PUEDE REALIZAR EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE LA AFILIACIÓN VOLUNTARIA DE LA CUENTA BANCARIA DE UN TERCERO?

Se puede realizar, siempre y cuando se cuente con autorización expresa del titular de la cuenta bancaria y del afiliado.

 
¿QUÉ PASA SI NO SE REALIZA EL DÉBITO AUTOMÁTICO POR NO TENER FONDOS EN LA CUENTA BANCARIA O POR ALGÚN OTRO CONCEPTO?

El IESS notificará mediante correo electrónico registrado, la novedad presentada. El IESS actualmente para afiliados voluntarios o empleadores en el país no tiene el proceso de reintento de débito.

El empleador o afiliado debe realizar el pago en cualquier otro medio o canal de recaudación habilitado a fin de no caer en mora. Si no se cancela por los medios antes descritos el IESS enviará a debitar el próximo mes en el día seleccionado para el débito la obligación en mora y la obligación corriente.

 
¿EN QUÉ TIEMPO SE HACE EFECTIVO EL PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO Y CON TARJETA DE DÉBITO?

El IESS informáticamente al momento del pago, cambia el comprobante a un estado "Depositado" que significa que su pago está siendo procesado o conciliado, dicho estado le permite no estar en mora.

Una vez conciliado o procesado el pago en el IESS, el comprobante pasa a estado "Cancelado", estado que se ejecuta en 48 horas luego del pago. Dependiendo de la entidad o tarjeta este tiempo puede cambiar pero nunca más de 4 días.

 
¿EN QUÉ FECHAS SE REALIZA EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON EL IESS?

Las fechas en las que se realiza el débito automático son los días 6, 10 y 14 de cada mes. Si los días 6 y 10 están dentro de un fin de semana o feriado el proceso se realizará el siguiente día hábil. Si el día 14 está dentro de un fin de semana o feriado el proceso se realizará el día anterior hábil.

 
¿EN QUÉ ENTIDADES PUEDO ACERCARME A CANCELAR LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON EL IESS?

INSTITUCIONES FINANCIERAS:

  • Banco Pacífico.
  • Banco Bolivariano.
  • Banco Guayaquil.
  • Banco Pichincha.
  • Banco Internacional.
  • Banco Produbanco (Solo por página web).
  • Banco Produbanco - Servipagos, Pago Ágil.
  • Banco del Austro (Solo por página web).
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito El Sagrario.
  • Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopmego.

CORRESPONSALES NO BANCARIOS:

  • Banco del Barrio.
  • Almacenes TIA.
  • Western Union.
  • Red de Servicios Facilito.
 
¿ES NECESARIO IMPRIMIR EL COMPROBANTE PARA CANCELAR EN VENTANILLA LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON EL IESS?

Si es necesario imprimir el comprobante, excepto los afiliados voluntarios, y trabajadores no remunerados del hogar (TNRH), ellos pueden cancelar con la presentación de la cédula de identidad.

Para los afiliados o empleadores que pagan en línea ya sea en bancos o tarjeta de crédito no es necesario imprimir su comprobante.

 
¿QUÉ DEBO HACER, RESIDO EN EL EXTERIOR Y NO SE REALIZÓ EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE MI CUENTA BANCARIA EN LA FECHA ESTABLECIDA?

Puede cancelar con tarjeta de crédito o débito nacional o internacional en línea.

 
¿QUÉ PASA SI NO SE REALIZÓ EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE MI CUENTA BANCARIA, ME ACERQUÉ A CANCELAR LOS VALORES PENDIENTES EN VENTANILLA Y DESPUÉS ME REALIZARON EL DÉBITO?

Actualmente, el débito se realiza una sola vez en el día seleccionado por el afiliado o empleador.

El interés se genera a partir del día siguiente a la exigibilidad del pago (15 de cada mes). Aparte de los intereses, el afiliado que se hizo atender en una unidad médica del IESS para el empleador en mora le genera una responsabilidad patronal.

 
¿CANCELÉ 15 DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA ESTABLECIDA, LOS APORTES DE MIS EMPLEADOS Y SE RECIBIERON ATENCIÓN MÉDICA JUSTO EN LOS DÍAS DE MORA? GENERA ALGÚN INTERÉS PARA EL SIGUIENTE MES?

El interés se genera a partir del día siguiente a la exigibilidad del pago (15 de cada mes). Aparte de los intereses, el afiliado que se hizo atender en una unidad médica del IESS para el empleador en mora le genera una responsabilidad patronal.

 
¿CÓMO GENERO EL CERTIFICADO DE ESTAR AL DÍA COMO PATRONO?

Para generar un certificado de obligaciones patronales debe ingresar a la página web del IESS (www.iess.gob.ec) => Empleadores => Certificado de Obligaciones Patronales => RUC.

 
¿EL SISTEMA NO REALIZÓ EL DÉBITO AUTOMÁTICO DE LOS APORTES DE MIS EMPLEADOS ESTE MES, QUE DEBO HACER?

El IESS dentro de sus procesos automáticos enviará al débito siempre y cuando el empleador tenga la cuenta activa sin novedades en los datos y cuente con fondos disponibles un día antes del día sugerido. El débito se realiza una vez en el día seleccionado por el afiliado. Si se diera el caso de un doble pago el IESS genera automáticamente una nota de crédito a favor del afiliado y esta nota de crédito será consumida en el comprobante que se genere por el siguiente período.

 
¿CÓMO GENERO EL COMPROBANTE DE PAGO?

Para imprimir el comprobante de pago debe ingresar con su clave y número de cédula a la página web del IESS (www.iess.gob.ec) => Asegurados => Afiliados => Historia Laboral=>Transferencias => Pagos/Consulta de Comprobantes.

 
¿PUEDO CANCELAR LAS OBLIGACIONES PENDIENTES CON EL IESS CON TARJETA CORPORATIVA?

Si se puede cancelar con tarjeta de crédito personal o corporativa.

 
¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE PAGO PARA CANCELAR LA MORA PATRONAL?

Las formas de pago para cancelar la mora patronal son las siguientes: tarjeta de crédito, acuerdo de pagos parciales, convenio de purga de mora, cruces.

 
¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE CONVENIO DE PAGO QUE EXISTEN?

Convenio Purga de Mora y Acuerdo de Pagos Parciales hasta 24 meses.

 
¿CÓMO SE REALIZA UN ACUERDO DE PAGO?

Una vez que el ciudadano se acerque a las instalaciones de la institución y sea verificada su mora, se le entregarán los requisitos para realizar un acuerdo.

 
¿POR QUÉ NOTIFICAN AÑOS MÁS TARDE LAS RESPONSABILIDADES PATRONALES POR ATENCIÓN MÉDICA?

Respecto a la recuperación de responsabilidades patronales: Una vez que los seguros especializados aprueben la resolución de responsabilidad patronal, ésta será notificada por medios físicos o informáticos al empleador o sujeto de protección, quien deberá cancelar o impugnar en el término de 8 días posteriores, caso contrario esta obligación será objeto de coactiva de conformidad con lo previsto en los Artículos 94 y 95 de la Ley de Seguridad Social.

 
¿CÓMO SE IMPUGNA UNA DEUDA, UNA GLOSA O UN TÍTULO DE CRÉDITO?

Es necesario saber que: El Art. 132.- Impugnación del Acto Administrativo y/o Glosa.- Dentro del término de ocho (8) días contados desde la notificación del Acto Administrativo y/o glosa, el deudor y/o asegurado podrá impugnar por escrito ante la Comisión Provincial de Prestaciones y Controversias, presentando los argumentos y documentación de sustento. La Comisión deberá conocer y resolver dentro del plazo de treinta (30) días desde la recepción de la reclamación por parte de la secretaría de dicho organismo, junto con el expediente y todos los informes de las áreas involucradas debidamente organizados y foliados.

 
¿HASTA QUÉ FECHA SE PUEDE CANCELAR LAS OBLIGACIONES PENDIENTES POR AFILIACIÓN?

Por afiliación son los aportes y extensión de salud, y estos vencen el día 15 del mes siguiente del período de planilla.

 
¿CÓMO ANULO UN COMPROBANTE?

El empleador o afiliado deberá solicitar en las Direcciones Provinciales que se anule el comprobante de pago.

 
¿CUÁNDO SE GENERA UNA RESPONSABILIDAD PATRONAL?

El Art. 94 de la Ley de Seguridad Social, menciona que una responsabilidad patronal es: Si por culpa de un patrono el IESS no pudiere conceder a un trabajador o a sus deudos las prestaciones en dinero que fueran reclamadas y a las que habrían podido tener derecho, o si resultaren disminuidas dichas prestaciones por falta de cumplimiento de las obligaciones del empleador, este será responsable de los perjuicios causados al asegurado o a sus deudos, responsabilidad que el Instituto hará efectiva mediante la coactiva.

 
¿QUÉ HAGO SI NO PAGUÉ UNA CUOTA DE UN CONVENIO?

El Art. 137 del Reglamento de Aseguramiento de Recaudación y Gestión de Cartera IESS menciona que si el ciudadano no canceló la cuota de un convenio, el convenio pasará a ser un título crédito, y el estado del convenio pasará a incumplido.

 
¿SE PUEDE PAGAR UNA DEUDA PATRONAL CON TARJETAS DE CRÉDITO?

Si se puede pagar con tarjetas de crédito, siempre y cuando el comprobante de pago se encuentre generado.

 
¿POR QUÉ SI COBRAN INTERÉS POR MORA TAMBIÉN APLICAN RESPONSABILIDAD PATRONAL?

El interés que se cobra es por el atraso en la planilla cuya tasa de interés es la reflejada en la Ley de Seguridad Social. La Responsabilidad Patronal es la sanción por el pago extemporáneo de las planillas de aportes cuando se ha efectivizado una prestación o servicio, es decir el costo por la prestación otorgada.

 
¿POR QUÉ LOS AFILIADOS VOLUNTARIOS NO PUEDEN HACER UN ACUERDO?

No pueden hacer convenios debido a que no tienen la opción para generar comprobantes de pago por acuerdos administrativos y los funcionarios tampoco tienen la opción para generar dichos comprobantes.

 
¿CÓMO ANULO UN TÍTULO DE CRÉDITO?

Los títulos de crédito podrán ser anulados por las siguientes razones:

  1. Por error evidente de conformidad a lo previsto en el Art. 158 del Reglamento;
  2. Por inexistencia de la obligación principal comprobada fehacientemente por la parte interesada mediante documentos públicos debidamente legalizados ante Autoridad Competente; y,
  3. Por Resoluciones y/o Acuerdos dictados por los Organos de Reclamación Administrativa del IESS que declaren la inexistencia de la obligación principal y que en sus antecedentes guarden estrecha relación con el título de crédito considerado para anulación.
 
¿PUEDO CANCELAR LA DEUDA PATRONAL CON MIS FONDOS DE RESERVA? ¿CUÁL ES EL PROCESO?

El proceso para cancelar la deuda patronal con los Fondos de Reserva es el siguiente:

  • El afiliado debe ingresar a la página web del IESS www.iess.gob.ec.
  • Seleccionar la opción Afiliado.
  • Fondos de reserva.
  • Ingresar su número de cédula y contraseña, una vez validados los datos;
  • Se despliega el Menú:
    Consulta Fondos de Reserva.
    Solicitudes Fondos de Reserva => Solicitud de Cruce FR con Obligación patronal.
 
¿PUEDO CANCELAR LA DEUDA PATRONAL CON MIS CESANTÍAS? ¿CUÁL ES EL PROCESO?

El proceso para cancelar la deuda patronal con los Fondos de Cesantía es el siguiente:

  • El afiliado debe ingresar a la página web del IESS www.iess.gob.ec.
  • Seleccionar la opción Afiliado.
  • Fondos de Cesantía.
  • Ingresar su número de cédula y contraseña, una vez validados los datos;
  • Se despliega el Menú:
    Consulta Cesantía
    Solicitudes Cesantía => Solicitud de Cruce Cesantía.