JUBILACIONES ESPECIALES

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a través del  Seguro de Pensiones gestiona las siguientes jubilaciones especiales:

TELECOMUNICACIONES:

Personas que hayan trabajado en el área de telecomunicaciones sean empresas públicas o privadas. Previa calificación dentro del ramo.

Condiciones: Tener 45 años de edad, 300 aportes, 25 años de  servicios, por cada año más  de aportes se le va aumentando la pensión.

JUBILACIÓN GRÁFICOS:

Personas que hayan trabajado en el área de gráficos. Por cada 5 años de aportes como gráfico. Se reduce un año  de edad de requisitos para la jubilación.

Condiciones: Esto quiere decir que mientras en el Seguro General se debe contar con 360 imposiciones (30 años de aportes) y 60 años de edad, para el caso de los gráficos es de 360  imposiciones de aportes, incluidos 5 años de gráfico, y se reduce un año de edad, es decir 59 años de edad, una comisión mixta califica como insalubre.

JUBILACIÓN ZAFREROS:

Es una jubilación especial de vejez para afiliados que cumplan labores de zafras, cortadores de cañas. Por cada cinco años portados como zafreros, se reduce un año de edad de requisitos de jubilación, como ocurre con el sector gráfico. Esto quiere decir que mientras en el Seguro General se debe contar con 360 imposiciones (30 años de aportes) y 60 años de edad, para el caso de los zafreros es de 360 imposiciones de aportes, incluido 5 años de zafreros y se reduce un año de edad, es  decir 59 años de edad, siempre que se califique como insalubre.

Los zafreros cuyos patronos hayan aportado adicionalmente al IESS: 8% zafra y 16% inter zafra.

ADICIONAL MAGISTERIO:

Para personas que hayan trabajado en el Magisterio como docentes, no en la parte administrativa y que sean del sector público no particulares, que tengan mínimo 12 imposiciones en el Magisterio, hasta marzo de 2011. 5% de aporte personal y 5% aporte patronal, tienen derecho a una pensión adicional. Si el afiliado trabajó en este sector, deberá hacer clic en la opción Magisterio al realizar  su jubilación ordinaria por vejez para que  el monto del adicional sea depositado junto a su pensión.

CEMENTEROS:

Para personas que hayan trabajado en la industria Cementera y se encuentren expuestos a factores de riesgo provenientes de la industria del cemento, durante 25 años (300 imposiciones),certificado por la Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo a través de las Coordinacioneso Unidades Provinciales de Prestaciones de Pensiones, Riesgos del Trabajo, Fondos de Terceros y Seguro de Desempleo,o quienes hagan sus veces; obtienen el derecho de jubilación especial a cargo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.