IESS implementa nuevos beneficios para el acuerdo de pago parcial

Quito, 26 de julio de 2023

  • Facilidades de pago de tus obligaciones vencidas en plazos extendidos
  • 6 años plazo para la suscripción de tu acuerdo de pago parcial
  • En línea, fácil y seguro
  • Sin garantía
  • Cuotas más bajas
  • Sin cuota inicial
  • Aplica en línea hasta el 28 de febrero de 2024

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) mejora los beneficios del Acuerdo de Pago Parcial (APP), brinda mayores facilidades y tiempo a los empleadores para que se pongan al día en sus obligaciones patronales vencidas.

Los empleadores cancelarán cuotas más bajas a un plazo mayor de hasta 6 años, sin tener que pagar una cuota inicial. El objetivo es que el IESS recupere su cartera vencida lo que se traduce en atención y servicios en favor de sus afiliados.

Un beneficio palpable es que se amplió el plazo de los APP: el plazo máximo ya no será de 3 años, sino de 6 años. Para acogerse a este beneficio la fecha tope de suscripción del Acuerdo de Pago Parcial será el 28 de febrero de 2024.

Quienes suscriban el Acuerdo de Pago Parcial a partir del 29 de febrero de 2024 solo tendrán un plazo de hasta 4 años para cancelar sus obligaciones patronales vencidas.

Con la normativa anterior se requería la autorización del Director Provincial para plazos superiores a un año; con la reforma esta autorización aplica para plazos superiores a 3 años.

Es importante considerar que por una sola ocasión, los empleadores podrán suscribir un nuevo acuerdo de pagos siempre que la sumatoria de los dividendos pagados del primer acuerdo incumplido y el plazo del segundo acuerdo, no sea igual o superior a 7 años.

Se excluye el pago inmediato de los intereses de mora generados por la obligación y los valores correspondientes a retenciones como cuota inicial,  los cuales se prorratearán de acuerdo al plazo solicitado por el empleador y/o contratante del seguro.

Hasta el 28 de febrero de 2024 los títulos de crédito en fase de ejecución coactiva, sobre los que no se hubiere dictado medidas cautelares, podrán acogerse a este beneficio previo a la cancelación de los honorarios a los gestores externos.

Datos de interés

Para generar un Acuerdo de Pago Parcial (APP) el deudor podrá presentar la solicitud de forma física o en línea a través de la página web del IESS.

  • Con la nueva normativa el empleador tiene un mes adicional para ponerse al día en el pago de sus cuotas.
  • En la anterior normativa solo tenía dos cuotas antes de que se anule el acuerdo.
  • Con la reforma se amplía a tres cuotas antes de que se anule el acuerdo y se continúe con la recaudación por la vía coactiva.